Los acuerdos comerciales internacionales están remodelando las disposiciones nacionales sobre dónde y cómo hacer negocios. Los acuerdos de la OMC dominan hoy en materia de comercio internacional, ya se trate de productos agrícolas, servicios, textiles y prendas de vestir, derechos de propiedad intelectual u otros temas. Y los países miembros de la OMC – 150 en la actualidad ,siguen perfeccionando las reglas del comercio mundial. A este complejo entorno normativo se suman los acuerdos bilaterales y regionales, que las empresas deben tener en cuenta a la hora de tomar decisiones.
A continuación exponemos el protocolo que sigue la OMC (Organización Mundial del Comercio) para poder ser miembro, lo que consideramos de interés dado la confusión que existe en quien y como decide la adhesión de ingresar en la Organización Mundial de Comercio. Las concesiones y compromisos en materia de mercancías como es el caso del último país que ha pasado a ser miembro de la OMC, donde podremos ver los compromisos y concesiones que se llevan acabo en el acuerdo de entrada en la OMC , lo mismo que ocurrió con China en el año 2001 con su entrada en la OMC. Según las normas de ingreso de China en la Organización Mundial del Comercio (OMC), a partir del 1 de enero de 2009, el textil chino se verá definitivamente libre de toda traba.
A cuerdo multifibras OMC: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/texti_s/texintro_s.htm#(ATC)
Todo Estado o territorio aduanero que disfrute de plena autonomía en la aplicación de sus políticas comerciales puede adherirse a la OMC. Ahora bien, los Miembros de la OMC deben ponerse de acuerdo en las condiciones. Para ello se establece un grupo de trabajo integrado por Miembros de la OMC y se pone en marcha un proceso de negociaciones.
Se esta hablando para cuando la entrada de Rusia en la OMC (El Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de la Federación de Rusia se estableció el 16 de junio de 1993. En octubre de 2004, se distribuyó la última versión revisada del proyecto de informe del Grupo de Trabajo. Se prosigue las negociaciones bilaterales sobre el acceso a los mercados para las mercancías y los servicios.
La 30ª reunión del Grupo de Trabajo tuvo lugar en marzo de 2006), así como otros países como Ucrania (El Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de Ucrania se estableció el 17 de diciembre de 1993. La versión más reciente del proyecto de informe del Grupo de Trabajo se distribuyó en mayo de 2006. En junio de 2006 se celebró la decimosexta reunión formal del Grupo de Trabajo.
Las negociaciones bilaterales sobre el acceso a los mercados están en curso) un total de treinta en la lista como observadores : Andorra, Argelia, Cabo Verde, Libia, Irán, Irak ,Montenegro, Bosnia y Herzegovina etc. etc (Con excepción de la Santa Sede, los observadores deben iniciar las negociaciones de adhesión en un plazo de cinco años después de obtener la condición de observador), otros que han dejado la condición de observador y que acaban de entrar: Viet Nam ha pasado con fecha 17 de enero 2007 a ser el 150º Miembro de la OMC a raíz de la decisión adoptada por el Consejo General el 7 de noviembre de 2006, por la que se aprueba el acuerdo sobre la adhesión de ese país de Asia Sudoriental. Tras 11 años de preparación, incluidos 8 años de negociación. El Grupo de Trabajo de los Miembros que han mantenido negociaciones con Viet Nam se estableció el 31 de enero de 1995 y se reunió 14 veces entre julio de 1998 y octubre de 2006.
A continuación se exponen algunos aspectos destacados de la adhesión de Viet Nam : Lista de concesiones y compromisos en materia de mercancías”: En el caso de la mayoría de bienes agrícolas y no agrícolas, Viet Nam promete topes (o tipos “consolidados”) para los derechos, comprendidos entre el 0 y el 35 por ciento. En algunos casos se introducirán progresivamente reducciones a lo largo de períodos que concluirán no más tarde de 2014, variando la fecha final precisa según el producto.
Entre los productos sujetos a los topes más elevados figuran: bebidas alcohólicas, productos de tabaco, café soluble y algunos productos conexos, vehículos automóviles nuevos y usados y sus componentes, y tejas. Se pueden aplicar derechos uniformes adicionales, hasta límites especificados, a los vehículos usados de menos de cinco años.
Los siguientes productos serán protegidos mediante contingentes arancelarios (derechos más elevados para cantidades fuera de los contingentes y derechos más bajos para cantidades comprendidas en los contingentes): huevos, tabaco, azúcar y sal (que, según Viet Nam, constituye la principal fuente de ingresos para 100.000 agricultores pobres de las zonas costeras). Sin embargo, Viet Nam ampliará los contingentes hasta que desaparezcan, con arreglo a los calendarios convenidos. En agricultura, Viet Nam ha prometido no subvencionar las exportaciones.
Podrá prestar apoyo a sus agricultores a nivel interno con ayudas causantes de distorsión del comercio (“compartimento ámbar” o “medida global de la ayuda”, a saber, ayudas que inciden directamente en los precios o las cantidades producidas) por valor de hasta 3.961.500 millones de dong vietnamitas (actualmente unos 246 millones de dólares EE.UU.) además de la tolerancia habitual para los países en desarrollo (conocida como “de minimis”) de hasta el 10 por ciento del valor de la producción agrícola nacional. Al igual que todos los Miembros de la OMC, Viet Nam puede también gastar cuantías ilimitadas en ayudas que no distorsionan el comercio (ayudas del “compartimento verde”).
Restricciones a la exportación: Viet Nam mantiene controles de las exportaciones de algunos productos como el arroz y algunos productos de madera y minerales (para evitar su explotación ilegal). Promete aplicar los controles a estos productos de manera compatible con los Acuerdos de la OMC.
Derechos especiales: en las negociaciones se prestó especial atención a los derechos aplicados a las bebidas alcohólicas. Viet Nam ha convenido en simplificar la estructura, en un plazo de tres años aplicando un único tipo impositivo para todos los tipos de cerveza, y un tipo único a todas las bebidas espirituosas con un contenido de alcohol del 20 por ciento o más. Esto ha disipado los temores de algunos países de que la estructura anterior pueda ser discriminatoria contra las cervezas importadas que presentan distintos envases, o contra las bebidas espirituosas importadas con un contenido más elevado de alcohol.
En el citado acuerdo podemos ver : “Lista de compromisos específicos sobre el comercio de servicios”(En algunos casos, Viet Nam se reserva el derecho a limitar la propiedad extranjera de las empresas de servicios que operan en el país, por ejemplo, en algunos servicios de telecomunicaciones) , Viet Nam también ha firmado el Acuerdo “plurilateral” sobre Tecnología de la Información. Divisas: Viet Nam acatará las normas del FMI y la OMC. Derechos de comercio (el derecho a importar y exportar) : éste fue un tema objeto de arduas negociaciones, en parte debido a los procedimientos de registro diferentes para los comerciantes extranjeros y los nacionales. Ahora una nueva ley ha armonizado el procedimiento para unos y otros.Propiedad intelectual : en unas 33 páginas del informe se describe en detalle la organización administrativa y jurídica del país en este ámbito. Viet Nam cumplirá el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) inmediatamente, sin ningún período de transición etc.
¿Qué es la OMC?
La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.
Pero la OMC no se dedica solamente a la liberalización del comercio y en determinadas circunstancias sus normas apoyan el mantenimiento de obstáculos al comercio: por ejemplo, para proteger a los consumidores o impedir la propagación de enfermedades. El objetivo es mejorar el bienestar de la población de los países Miembros.
En la OMC las decisiones suelen adoptarse por consenso. En principio ese sistema es incluso más democrático que el de la votación por mayoría, ya que no permite tomar ninguna decisión hasta que todos estén de acuerdo.
En el preámbulo del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio se citan entre los distintos objetivos la utilización óptima de los recursos mundiales, el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente.
Cómo pasar a ser miembro de la OMC
El artículo XII del Acuerdo sobre la OMC establece que la adhesión a la OMC se llevará a cabo en las “condiciones que habrá de convenir” el gobierno que solicita la adhesión con la OMC. La adhesión a la OMC es fundamentalmente un proceso de negociación, bastante distinto del proceso de adhesión existente en otros organismos internacionales, como por ejemplo el FMI, que es en gran medida un proceso automático.
Puesto que los grupos de trabajo encargados de las adhesiones adoptan sus decisiones por consenso, todos los Miembros de la OMC interesados deben coincidir en que han sido atendidas sus preocupaciones y que han quedado resueltas todas las cuestiones pendientes en el curso de las negociaciones bilaterales y multilaterales.
Toda la documentación examinada por el Grupo de Trabajo encargado de la adhesión durante el proceso de negociación tiene carácter reservado hasta que concluye el proceso.
Quién puede solicitar la adhesión
“Todo Estado o todo territorio aduanero que disfrute de plena autonomía en la conducción de sus políticas comerciales podrá adherirse a la OMC en condiciones que habrá de convenir con los Miembros de la OMC”. (Artículo XII del Acuerdo sobre la OMC).
La solicitud de adhesión
El proceso de adhesión se inicia con la presentación por escrito, por el gobierno de que se trate, de una solicitud oficial de adhesión. El Consejo General examina la solicitud y establece un Grupo de Trabajo cuyo mandato es examinar la solicitud de adhesión y, en último término, presentar al Consejo General para su aprobación las conclusiones del Grupo de Trabajo. Pueden formar parte del Grupo de Trabajo todos los Miembros de la OMC.
Presentación de un memorándum sobre el régimen de comercio exterior
El gobierno solicitante presenta al Grupo de Trabajo un Memorándum que abarca todos los aspectos de su régimen de comercio y de su sistema jurídico. Este Memorándum constituye la base del análisis fáctico detallado que realizará el Grupo de Trabajo. En las reuniones ulteriores del Grupo de Trabajo se examinarán las preguntas formuladas por los Miembros de la OMC sobre la base de la información proporcionada en el Memorándum y de las respuestas facilitadas por el gobierno solicitante.
En las reuniones ulteriores del Grupo de Trabajo se examinarán las preguntas formuladas por los Miembros de la OMC sobre la base de la información proporcionada en el Memorándum y de las respuestas facilitadas por el gobierno solicitante.
Condiciones de adhesión
Tras examinar todos los aspectos relacionados con el régimen de comercio y el sistema jurídico del gobierno que solicita la adhesión, el Grupo de Trabajo acomete la parte sustantiva de las negociaciones multilaterales que se desarrollan en el marco del proceso de adhesión. En esta etapa se determinan las condiciones de la adhesión del gobierno solicitante. Estas condiciones incluyen el compromiso de observar las normas y disciplinas de la OMC una vez formalizada la adhesión y los períodos de transición que se requieran para proceder a las modificaciones legislativas o estructurales que sean necesarias para aplicar dichos compromisos.
Negociaciones bilaterales
Al mismo tiempo el gobierno solicitante entabla negociaciones bilaterales con los Miembros interesados del Grupo de Trabajo en relación con las concesiones y los compromisos en materia de acceso a los mercados para los bienes y servicios. Los resultados de estas negociaciones bilaterales se incorporan a la documentación final de adhesión.
Conjunto de documentos finales de adhesión
Ese conjunto consta de tres documentos que representan los resultados de las negociaciones multilaterales y bilaterales mencionadas anteriormente. Se trata de los instrumentos siguientes:
• Un informe del Grupo de Trabajo que incluye un resumen de las actuaciones y de las condiciones de adhesión, así como un Protocolo de Adhesión.
• Las Listas de compromisos en materia de acceso a los mercados para los bienes y servicios convenidas entre el gobierno que solicita la adhesión y los Miembros de la OMC.
Aprobación de los “instrumentos de adhesión”
Cuando los Miembros del Grupo de Trabajo consideran que el proyecto de informe, el Protocolo de Adhesión y los compromisos en materia de acceso a los mercados para los bienes y servicios han quedado finalizados de manera satisfactoria, los instrumentos relativos a la adhesión se adoptan en una última reunión oficial del Grupo de Trabajo.
Los documentos se presentan a continuación al Consejo General o a la Conferencia Ministerial para su adopción. Una vez aprobados por el Consejo General o por la Conferencia Ministerial el conjunto de documentos de adhesión se vuelve a distribuir sin carácter reservado.
Se publicarán dos documentos finales:
• La Decisión del Consejo General
• El Protocolo de Adhesión del nuevo Miembro anexo al informe, en el que se indica que el país se adhiere al Acuerdo sobre la OMC, se definen las Listas de compromisos y se señalan las disposiciones finales relativas al plazo de aceptación del Protocolo y a la incorporación como Miembro de pleno derecho de la OMC.
Miembro de pleno derecho
Una vez aprobado por el Consejo General o la Conferencia Ministerial, el solicitante puede proceder a la firma del Protocolo de Adhesión e indicar que acepta el conjunto de documentos de adhesión aprobado, pendiente de la ratificación en su parlamento nacional. Normalmente se da un plazo de tres meses a partir de la fecha de la firma del Protocolo de Adhesión para concluir el procedimiento de ratificación.
Treinta días después de que el gobierno solicitante haya notificado a la Secretaría de la OMC que ha finalizado sus procedimientos de ratificación, el gobierno solicitante pasa a ser Miembro de pleno derecho de la OMC.
(Fuente: Organización Mundial del Comercio)