La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó dos multas a la empresa NS3 INTERNET SA, propietaria del portal Netshoes.com, por utilizar la expresión «la foto puede diferir del producto real» en una publicidad y por no aclarar el origen del producto ofrecido.
La causa se inició luego de la publicación de un aviso en la edición impresa del diario Clarín del 21 de junio de 2012. La Dirección Nacional de Comercio Interior dispuso dos multas de 10 mil pesos y la empresa apeló la decisión.
NS3 INTERNET alegó que «la indicación ‘…la foto puede diferir del producto real…’ fue simplemente un llamado al pie de la publicidad que se cuestiona, pues en el cuerpo de la misma se destaca por fotografías los diferentes productos publicitados con una descripción de los mismos y su precio».
Sin embargo, la Sala III de la cámara opinó que la frase en cuestión viola el artículo 4 de la ley 24.240, que establece el derecho a los consumidores a contar con información «cierta, clara y detallada», lo que quiere decir «fiel a la verdad».
«Por dicha razón, una fotografía no resulta suficiente para cumplir con las exigencias normativas, sobre todo teniendo en cuenta la expresión ‘la foto puede diferir del producto real’ introducida en la publicidad que se cuestiona», infirió el tribunal integrado por los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández.
La otra multa -que también fue confirmada-, tiene que ver con el incumplimiento de una resolución que exige que las publicidades incluyan «la marca, el modelo, tipo o medida y país de origen del bien». Este último requisito, según los magistrados, fue omitido, ya que la pieza cuestionada indicaba «…Origen Argentina.China…».
«El fin que persigue la ley 22.802 de Lealtad Comercial, es evitar que los consumidores, mediante indicaciones poco claras y engañosas, o inexactitudes, sean inducidos a error o falsedad en la adquisición de productos, mercaderías o en la contratación de servicios, protegiéndose de este modo, el derecho de aquellos a una información adecuada, completa y veraz en relación al consumo», concluyó la Cámara.